Protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas ante el establecimiento publico.
- Que la figura del Defensor del Ciudadano implica básicamente:
- Ser vocero de los ciudadanos o usuarios ante la entidad.
- Atender las reclamaciones que les presenten los ciudadanos y ciudadanas de las entidades distritales por posible incumplimiento de normas (legales o internas) que rigen el desarrollo o ejecución de los servicios o productos, o su calidad.
- Presentar a la entidad un informe anual de gestion, en el que puede hacer recomendaciones o sugerencias tendientes a facilitar y mejorar las relaciones entre esta y los ciudadanos o usuarios.
Atención jueves de 3:00 p.m. a 5:00 p.m.
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Tel : 2870094
Calle 39 B No. 19-46