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Convocatoria para Integrar los Consejos Locales de Propiedad Horizontal

Por: Anónimo (no verificado)
Publicado el: Julio 2018
Consejos Locales

Aquí el formulario para participar 

¿Qué son los Consejos Locales de Propiedad Horizontal?

Son instancias de participación ciudadana de carácter consultivo y asesor de la administración local relacionados con las políticas, planes de desarrollo, proyectos e iniciativas que involucren los asuntos concernientes a las comunidades vinculadas con las propiedades horizontales.

¿Quiénes lo conforman?

Los Consejos Locales de Propiedad Horizontal estarán conformados por:

  1. Por el Alcalde(sa) Local o su delegado(a).
  2. Por el Secretario(a) de Seguridad, Convivencia y Justicia, o su delegado(a).
  3. Por el Director(a) del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, IDPAC, o su delegado(a).
  4. Por un Inspector(a) de Policía de la correspondiente localidad.
  5. Por los delegados de las comunidades organizadas bajo el régimen de propiedad horizontal de la correspondiente localidad. 

¿Qué requisitos debe cumplir los candidatos a Consejeros para el Consejo Local de Propiedad Horizontal?

Requisitos generales:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Hoja de vida acompañada de sus antecedentes judiciales y disciplinarios. 
  3. Certificación de residencia emitida por la alcaldía local.
  4. Acta emitida por la Asamblea General o el Consejo de Administración, en la que conste la elección que le otorga la facultad de inscribirse como aspirante a ser consejero local de propiedad horizontal**.
  5. Carta de aceptación de la postulación.
  6. Certificado de Existencia y Representación Legal emitido por la Alcaldía Local, de la copropiedad que lo avala.

¿Cuándo se realizara la convocatoria pública para la inscripción de los candidatos de propiedades horizontales?

Del 2 al 31 de julio se realizará la convocatoria en la Alcaldía Local, en conjunto con la Secretaría de Gobierno y el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal- IDPAC, convocará e informará públicamente y en simultáneo a más tardar el primero (1°) de julio del año en que se realice la elección del Consejo Local de Propiedad Horizontal.

¿Cuál es el término para llevar a cabo la inscripción y registro de los candidatos al Consejo Local de Propiedad Horizontal?

No podrá ser superior a veinte (20) días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria.

¿Dónde y cómo podrán inscribirse y registrarse los votantes?

Las personas interesadas deberán inscribirse en el registro que para el efecto organice la Alcaldía Local. El registro se podrá realizar, con la presentación de la cédula de ciudadanía, este registro deberá contener como mínimo nombre, número de cédula, teléfono, correo electrónico y dirección.

¿Hasta cuándo podrá realizarse la inscripción de Votantes?

La inscripción y registro de los votantes se realizará del 1 al 31 de agosto del año de la elección. 

¿Cuándo debe realizarse la convocatoria pública para la elección de los representantes de las copropiedades ante el consejo local de propiedad horizontal, CLPH?

Dicha convocatoria será efectuada dentro de los veinte (20) días anteriores a la fecha de elección prevista en el presente acuerdo.

¿Qué día se realizara la ELECCIÓN del Consejo Local de Propiedad Horizontal?

A partir de 2018, la elección de todos los representantes del Consejo Local de Propiedad Horizontal se llevará a cabo el 30 de septiembre.

¿Cómo será el día de las elecciones?

  • La votación se deberá realizar en los lugares definidos por la Alcaldía Local, de acuerdo con la jurisdicción a su cargo.
  • La votación se realizará entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., momento en el cual se dará el cierre de urnas.
  • El ejercicio ciudadano de participación sólo podrá determinarse para elegir y ser elegido en la jurisdicción correspondiente.
  • La Alcaldía Local dispondrá de lo necesario para garantizar como mínimo, una urna por cada localidad.
  • El escrutinio de los votos se realizará en sitio, con la presencia de los funcionarios de la Alcaldía Local y del IDPAC, quienes determinarán el número de votos recibidos por cada uno de los candidatos y mediante acta consignarán el conteo de los votos, los resultados de la elección y los candidatos elegidos. 

¿Qué beneficios obtendrán las personas elegidas como Consejeros de los Consejos Locales de Propiedad Horizontal?

  1. Serán miembros activos del Consejo Local de Propiedad Horizontal de su respectiva localidad. 
  2. Podrán ser miembros del Consejo Distrital de Propiedad Horizontal. 
  3. Podrán tener representatividad en el Consejo de Planeación Local y Consejo Territoriales de Planeación.
  4. Recibirán formación en Propiedad Horizontal durante la vigencia de su periodo como Consejeros. 
  5. Recibirán el apoyo institucional necesario para el cumplimiento de sus funciones.

Más información aquí
 

Archivos adjuntos: 
Nombre Descripción Tamaño
acuerdo_652.pdf Acuerdo 652 1.17 MB
cartilla_ph.pdf Cartilla PH 1.94 MB
res._178_4-07-18_modificacion_res._312-17-_propiedad_horizontal.pdf Modificacion 312 116.75 KB